Delitos contra el Tráfico y la seguridad vial en España

Delitos contra el Tráfico y la seguridad vial en España

Los delitos contra el Tráfico y la seguridad vial mantienen muy ocupados a los jueces españoles. Una de cada tres sentencias dictadas por los tribunales en 2016 lo fue por este motivo, 80.831 en total.

Antecedentes:

En 2016 se dictaron más de 55.000 penas de privación a conducir y más de 2.000 pérdidas del carné. Al mismo tiempo, los tribunales españoles dictaron unas 28.000 penas de trabajos en beneficio de la comunidad. Por CA, el mayor número de condenas FUE en Cataluña, con más de 14.600. Después se sitúa Andalucía, con casi 14.000, Madrid (más de 10.700), y la Comunidad Valenciana, con poco más de 10.000.

Delitos más habituales:

El delito más habitual es la conducción bajo los efectos del alcohol y las drogas, sin duda. El año pasado se hubo 50.500 sentencias por estas causas. Pero cabe destacar que se ha producido un descenso respecto a años anteriores.

Ahora bien, muchos de los conductores que conducen con más alcohol del permitido, o drogas, han sido castigados por vía administrativa. Así, en torno al 62% de los expedientes lo son por vía administrativa: en 2016 102.818 y solo 61.177 por vía penal.

Delitos de velocidad y conducción:

Los de velocidad no representan más del 1% de los delitos viales, siendo algo residual. En 2016 hubo 514 acusaciones por parte del Ministerio Fiscal y se emitieron 450 sentencias.

En cuanto a la conducción temeraria, en 2016 hubo una tendencia a la estabilidad. Por otro lado, conducir sin permiso supone la segunda fuente en importancia numérica, aunque en resultados globales también se estabiliza.

La conducción sin permiso muestra más de 25.600, cifra similar a las de los últimos años. En 2016 hubo 2.384 sentencias por este motivo, seguidas de las de conducción temeraria, con 1.661. Curiosamente, los excesos de velocidad suponen el 1% de las sentencias por delitos contra la seguridad vial en España.

Drogas y Alcohol:

Bartolomé Vargas (fiscal coordinador de Seguridad Vial) considera que «hay dificultad para castigar por vía penal a los que conducen tras consumir drogas». Sin embargo, con el alcohol, el límite es claro: el superior a 0,60 mg en aire espirado por litro.

Con las drogas no hay tasa prefijada, al ser sustancias muy heterogéneas. Se castiga «conducir bajo la influencia de drogas», algo que tiene que quedar probado. Así, de los 2.270 positivos en 2016, solo se instruyeron 21 diligencias penales. Finalmente, de los 22.000 positivos en controles preventivos, se instruyeron 16.

Fuente: DGT

Por: R.G.V.

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