Conducir en España con permiso expedido en el extranjero

Conducir en España con permiso expedido en el extranjero

Si has decidido ir a vivir a España y quieres conducir con el permiso de tu país, estos son los pasos a seguir:

¿De qué país provienes?

Los trámites para poder convalidar o canjear tu carnet, dependen de si el país forma parte de la UE o es de otro continente. De que haya firmado o no un convenio con España, o esté fuera de la misma. A continuación explicamos cuáles son los pasos para cada uno de los lugares de origen:

  • Origen de algún país de la UE y del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega): es posible conducir con ellos y no es necesario realizar una convalidación. Pero si se ha establecido en España, deberá realizar la renovación pasados dos años de registrarse como residente.

Los países con convenio con España son los siguientes:

África: Argelia, Marruecos y Túnez.

América: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela.

Europa: Macedonia, Serbia, Turquía y Ucrania,

Si estás en estos grupos, es necesario solicitar una cita previa a través de la sede electrónica.

  • Permisos de conducción expedidos en países no comunitarios como Andorra, Corea, Japón, Suiza y Mónaco también entran dentro de la posibilidad de canjear, aunque será necesaria la traducción de los permisos de Corea y Japón.

 

¿Como va la cita previa?

Para canjear los permisos de conducir de países de la EU o EEE, como no comunitarios o con convenio, se necesitan los siguientes documentos, además de personarse en la jefaturas de tráfico más cercana:

Solicitar cita previa: una vez solicitada, queda pendiente de respuesta bajo los siguientes supuestos:

  • Rechazada: el país del solicitante indica que no tiene datos del mismo.
  • Pendiente: el país del solicitante no ha contestado todavía a la petición de información.
  • Contestada: el solicitante será atendido el día indicado, sin que ello indique la concesión del canje.
  • En trámite: sólo aplicable para países de la UE y del EEE, el solicitante será atendido el día de la cita.

¿Qué necesito presentar?

DNI o Pasaporte original en vigor. Si no, la autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios o la tarjeta de residencia en vigor sería suficiente.

Examen Psicotécnico. Acudir a un centro para la emisión del informe, que se enviará telemáticamente a la Jefatura Provincial de Tráfico.

Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.

Fotografía actualizada: original de 32 x 26 mm. Se admitirán fotografías con velo, siempre que el óvalo del rostro aparezca totalmente descubierto. No puede impedir o dificultar la identificación de la persona .

Talón foto, que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.

Texto escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir. Sean vehículos a motor o ciclomotores.

Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción. Expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.

Validez de tu anterior permiso

Es necesario tener tu permiso original en vigor y que seas mayor de edad (18 años). Es imprescindible que no hayan transcurrido más de 6 meses desde que adquiriste la residencia normal en España. Excepto los países de la UE y el EEE, que tienen hasta dos años para canjear y renovar.

Una vez haya transcurrido estos plazos, los permisos carecen de validez y está multado circular sin papeles en regla. En el caso de que se quiera seguir conduciendo, habrá que obtener el permiso español superando las pruebas correspondientes previo pago de las tasas.

Fuente: DGT

 

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